Por qué nadie puede decirte cuánto vale un kWh ahorrado
Es la primera pregunta que hace todo el mundo en cuanto oye hablar del Sistema CAE: ¿cuánto se paga por cada kilovatio hora ahorrado? Es también la única para la que no existe una respuesta oficial. Y el motivo no es una omisión: está escrito en las propias reglas del sistema.
Las preguntas frecuentes del Ministerio lo dicen con cuatro palabras: el precio de transmisión de los ahorros es libre.
No hay una tabla publicada que asigne un importe a cada actuación. No existe un «ventana nueva igual a X euros», ni un «bomba de calor igual a Y euros», ni un precio de referencia que un organismo actualice cada trimestre. La contraprestación se acuerda entre las partes que firman la cesión.
Esto desconcierta porque choca con la intuición. Estamos acostumbrados a que, cuando la Administración interviene en algo, publique una cuantía. En una subvención eso es exactamente lo que ocurre: unas bases, unos requisitos, un presupuesto y un importe. Aquí el diseño es distinto.
Lo que el Estado fija y lo que no
Conviene separar las dos capas del sistema, porque se confunden constantemente.
El Estado fija el marco y las reglas: qué es un CAE, cuánto vale en términos energéticos, quién puede ser titular, qué actuaciones son elegibles, cómo se calcula el ahorro, cómo se verifica y cómo se documenta la cesión.
Las partes acuerdan el valor económico de la cesión: cuánto paga quien adquiere el ahorro a quien lo generó.
La primera capa es normativa y está publicada. La segunda es contractual y es privada. Por eso una búsqueda de «precio oficial del CAE» no devuelve nada útil: lo que se busca no existe.
La equivalencia que sí es fija
Hay una cifra en el sistema que no se negocia, y conviene no confundirla con un precio.
Según el Real Decreto 36/2023, 1 CAE equivale a 1 kWh de ahorro de energía final. Es una equivalencia técnica, no económica. No significa que un CAE valga un euro, ni una cantidad determinada de euros.
Esa equivalencia sirve para que los ahorros de actuaciones muy distintas se puedan sumar en una unidad común. Un kilovatio hora ahorrado con una ventana y otro ahorrado con un frigorífico cuentan igual dentro del sistema. Lo que no cuentan igual es en la factura de la luz, que es otra cosa.
De qué depende entonces el importe
Si no hay tarifa, algo determinará la cifra que aparece en un acuerdo concreto. Estas son las variables que suelen intervenir:
- El tipo de actuación y la ficha que se le aplique, desde una rehabilitación de fachada hasta la compra de un electrodoméstico eficiente.
- El ahorro calculado según la metodología correspondiente.
- El volumen: un expediente que agrupa miles de actuaciones no se gestiona igual que uno suelto.
- Los costes de gestión: cálculo, recopilación documental, verificación, tramitación.
- Las condiciones comerciales del agente con quien se formaliza la cesión.
- La calidad de la documentación, que condiciona el riesgo de que el expediente no prospere.
- El momento del mercado, porque la demanda proviene de obligaciones anuales.
Es decir: el importe no sale de una tabla, sale de una negociación con muchas entradas.
Un ejemplo aritmético, y solo aritmético
Para ver cómo encajan las dos variables —ahorro y precio unitario— basta una multiplicación. Los números que siguen no son precios de mercado ni ofertas: son una operación para entender la mecánica.
| Supuesto | Ahorro certificable | Valor unitario | Resultado |
|---|---|---|---|
| Caso A | 10.000 kWh | 0,04 €/kWh | 400 € |
| Caso B | 10.000 kWh | 0,07 €/kWh | 700 € |
| Caso C | 4.000 kWh | 0,07 €/kWh | 280 € |
Lo interesante del ejercicio no son las cantidades, sino lo que enseña: el mismo precio unitario da resultados muy distintos según el ahorro, y el mismo ahorro da resultados muy distintos según el precio. Por eso una oferta que solo menciona una de las dos variables no dice gran cosa.
Por qué esto obliga a desconfiar de ciertos anuncios
Si el precio es libre, cualquier mensaje que presente una cifra como si fuera oficial está describiendo mal el sistema. Conviene mirar con distancia frases como:
- «El CAE paga exactamente X por kWh.»
- «Tarifa oficial CAE.»
- «Precio garantizado por el Gobierno.»
- «Te corresponden X euros por cambiar las ventanas.»
Ninguna de esas afirmaciones puede sostenerse sobre un precio libre acordado entre partes privadas. Cuando aparezcan, lo razonable es pedir el acuerdo concreto y sus condiciones.
Tampoco tiene sentido pagar por una supuesta «tasa oficial para desbloquear CAE». Cualquier coste debe estar explicado contractualmente.
Lo que sí se puede pedir por escrito
Aunque no exista un precio público, sí existe un derecho a claridad. Las preguntas frecuentes oficiales señalan que, si la contraprestación es pecuniaria, debe indicarse de manera clara e inequívoca, el precio debe ser cierto y debe expresarse en €/kWh. Y cuando la contraprestación no es dineraria —por ejemplo, un descuento sobre el precio de la obra—, el acuerdo debe establecer en qué consiste, cómo se materializa y cuál es su valor económico equivalente, también en €/kWh.
MITECO añade un matiz importante: la contraprestación debe ser cierta y no puede quedar vinculada a un acontecimiento hipotético posterior a la certificación. Sí puede preverse cómo se adapta si el ahorro finalmente certificado difiere del estimado, manteniendo el valor unitario acordado.
Comparar sigue teniendo sentido
Precisamente porque el precio es libre, distintas ofertas pueden diferir. Una puede ofrecer más importe; otra, más gestión incluida; otra, un descuento inmediato sobre la factura de la obra en lugar de un pago posterior.
Antes de ceder la titularidad conviene comparar la contraprestación, los costes que se retienen, las condiciones, los plazos y la solvencia y experiencia del agente. Y conviene recordar un detalle práctico: la trazabilidad del sistema impide que un mismo ahorro se utilice varias veces. Una vez cedido correctamente, ya no puede volver a cederse.
En resumen
La pregunta «cuánto vale un kWh ahorrado» no tiene respuesta general porque el sistema no está diseñado para tenerla. Lo que sí tiene respuesta es la pregunta concreta: cuánto ofrece este agente por esta actuación, con estos costes y estas condiciones. Esa cifra existe, es exigible por escrito y es la única que sirve para decidir.
Fuentes
- MITECO — Preguntas frecuentes del Sistema CAE — https://www.miteco.gob.es/es/energia/eficiencia/cae/preguntas-frecuentes.html
- BOE — Real Decreto 36/2023, de 24 de enero — https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-2027
- BOE — Orden TED/815/2023, de 18 de julio — https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-16734
La elegibilidad de cada actuación, el ahorro calculado, la verificación y la contraprestación dependen de la actuación concreta, de su documentación, de los agentes participantes y de la normativa vigente. Las cifras que aparecen en los ejemplos son ilustrativas y no representan precios de mercado ni resultados esperables. Consulta siempre el catálogo de fichas vigente de MITECO y la normativa publicada en el BOE antes de tomar decisiones económicas.


